Cd. Juarez, Chih.- La SCJN ha validado la facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), la agencia antilavado del Gobierno mexicano, de congelar cuentas bancarias en los casos en que sospeche de actividades ilícitas de blanqueo de recursos, ya sea de personas o compañías. Con ello, la UIF no tendrá que promover una orden judicial previa al bloqueo de cuentas sospechosas. Esta decisión en materia de combate al lavado de dinero se suma a otra medida aprobada con la reforma a la Ley de Amparo, el año pasado, que prohibió a los jueces conceder suspensiones a los sujetos afectados por los congelamientos de la UIF.
El proyecto avalado por mayoría, y que fue presentado por la ministra Loretta Ortiz, asienta que la facultad de bloqueo de cuentas de la UIF no es una sanción penal, sino una medida cautelar administrativa y un acto de molestia temporal. La distinción es importante porque, de ser considerada una sanción penal, se requeriría del control judicial previo. El abogado fiscal Luis Pérez de Acha ha señalado que esta medida es congruente con los estándares internacionales del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), del que México forma parte. “México está obligado a congelar activos de forma inmediata y a actuar con rapidez ante sospechas de lavado de dinero”, ha apuntado en X.
