Abelardo Valenzuela, Confirmó la Detención de Jesús Antonio P. C., Ex coordinador de Preensa

Cd. Juarez, Chih.- Abelardo Valenzuela, confirmó la detención de Jesús Antonio P. C., ex coordinador de Comunicación Social en el Gobierno de Javier Corral, tras cumplimentar una orden de aprehensión en su contra por el Uso Ilegal de Atribuciones y Facultades, delito que enfrenta con penalidad agravada.

La representación social informó esta tarde que el exservidor público será presentado en términos de ley, a la brevedad posible, ante el juez conocedor de la causa.

P. C. habría actuado confabulado con dos mujeres, que son su esposa y su cuñada, identificadas con las iniciales A. C. P. R. L. A. y A. S. P. R. L., para celebrar de forma ilegal adquisiciones con cargo al erario estatal.

Ambas féminas se encuentran vinculadas a proceso por un juez, en relación a estos mismos hechos, se indicó.

La primera de ellas en su calidad de Directora Administrativa de Comunicación Social, en la ciudad de Chihuahua, y la segunda en calidad de representante legal de las morales involucradas de forma ilegal en la celebración de contratos cuyos montos superan los nueve millones de pesos, agregó.

“Cabe hacer mención que el hoy imputado incumplió el mandamiento de un juez federal, en la obligatoriedad de presentarse ante el juez de la causa los días que el mismo juzgado dictaminó, por tal motivo, quedó sin efectos la suspensión definitiva que se le había otorgado, y al no cumplir con dicha obligación, en términos de Ley, se le declaró prófugo de la justicia”, aseveró la Fiscalía Anticorrupción.

J.A.P.C., y las diversas coautoras, tenían la obligación de abstenerse de celebrar contratos adquisitivos con las personas morales; Xtreme Sports, S. de R.L. de C.V., Upcon, S.A. de C. V., y, Malcomsat, S.A. de C.V., ya que dichas empresas, tenían lazos familiares y conflicto de interés con los representantes de las mismas, argumentó.

Puntualizó que, de acuerdo con las leyes y normas vigentes, la persona imputada se presume inocente mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia firme, emitida por el órgano jurisdiccional (artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales).

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