Cd. Juarez, Chih.- La Corte de Justicia aprobo una Norma Oficial Mexicana (NOM) que ordena a los hospitales públicos practicar abortos en casos de violación, incluso a menores de 12 a 17 años, sin necesidad de permiso de sus padres o denuncia penal ante el Ministerio Público.
Por diez votos contra uno, el Pleno de la Corte declaró infundadas controversias constitucionales de Aguascalientes y Baja California contra la NOM que fija criterios de prevención y atención para la violencia familiar, sexual y contra las mujeres, reformada en 2016 por la Secretaría de Salud (Ssa) para ajustarla a lineamientos de la Ley General de Víctimas (LGV) de 2013.
El personal de salud que participe en el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo no estará obligado a verificar el dicho de la solicitante, entendiéndose su actuación, basada en el principio de buena fe a que hace referencia el artículo 5, de la LGV», ordena la NOM.
La LGV ordena proveer servicios de interrupción del embarazo o anticoncepción de emergencia a toda víctima de violación, sin distinguir entre menores y mayores de edad, lo que sí hace la NOM, que solo prevé consentimiento de los padres para menores de doce años.