Sáb. Jul 27th, 2024

 Cd. Juarez, Chih.- Las comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos Segunda, del Senado, se aprobó por mayoría el dictamen modificado, del artículo Quinto Transitorio, de la reforma constitucional, en materia de Guardia Nacional, que amplia su permanencia en tareas de seguridad pública hasta 2028.

La aprobación se dio con 19 votos a favor, de Morena, PT, PVEM y un voto del PRI; 10 en contra, del PAN, MC, Grupo Plural, uno del PRI, y la abstención del coordinador del PRD, Miguel Ángel Mancera. Este martes se discutirá en el pleno.

Se rechazó una propuesta alterna presentada por PAN, MC, PRD y la priísta Claudia Ruiz Massieu.

Entre las modificaciones que las comisiones realizaron a la minuta de la Cámara de Diputados, con aportaciones que se hicieron en la Junta de Coordinación Política, se encuentran: que “el Ejecutivo Federal presentará al Congreso de la Unión un informe semestral proporcionando los indicadores cuantificables y verificables que permitan evaluar los resultados obtenidos en el periodo reportado en materia de seguridad pública y corroborar el respeto a los derechos humanos.

“A partir de del ejercicio fiscal 2024 el Ejecutivo Federal establecerá un fondo de apoyo a las entidades federativas y municipios destinado al fortalecimiento de sus instituciones de seguridad pública, en una proporción de un peso de la Federación por cada peso de las entidades federativas”.

Durante la discusión se evidenció la división en la bancada del PRI. Mientras, la senadora Silvana Beltrones pidió acompañar la propuesta que presentó la senadora de Morena, Lucía Meza, a nombre de varios grupos legislativos, su compañera de parido, Claudia Ruiz Massieu afirmó que los cambios efectuados “no satisfacen los mínimos planteados”.

Abundó: “Y la reforma que plantean al 5º transitorio, tiene si se me permite, un efecto perverso, previsible, en el cual no podemos coincidir, yo por lo pronto, porque modifica el sustento de la norma que llevó a impugnar diversos actos del Poder Ejecutivo en el ejercicio de la facultad que se estableció en la reforma de 2019 respecto de la Fuerza Armada Permanente mediante amparos, controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad que, al actualizarse esta reforma quedarían sobreseídas y no podría la Suprema Corte de Justicia y los órganos jurisdiccionales conocer de ellas y esto es algo que tampoco podemos acompañar».

Por admin01

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *